#Doctrina Río Negro hacia una política integral de bienestar animal: una ley moderna, ética y transformadora

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Autor: Ríos, Noé Macarena

Fecha: 18-08-2025

Colección: Doctrina

Cita: MJ-DOC-18423-AR||MJD1842321

Voces: FAUNA – ANIMALES – MALOS TRATOS O ACTOS DE CRUELDAD CONTRA ANIMALES – SANIDAD ANIMAL – PROTECCIÓN A LOS ANIMALES CONTRA MALOS TRATOS Y ACTOS DE CRUELDAD

Sumario:
I. Introducción. II. Los ejes estructurales de la ley.

Doctrina:
Por Noé Macarena Ríos (*)

I. INTRODUCCIÓN

En tiempos en que el Derecho Ambiental y el paradigma de los derechos de los animales se consolidan en la legislación internacional y comparada, Río Negro avanza hacia una reforma ambiciosa y necesaria. El Proyecto n° 948/25 de Ley Integral de Protección, Bienestar Animal y Custodia Responsable de los Animales, presentado en la legislatura en fecha 04 de agosto de 2025, propone un nuevo marco legal para la provincia, reconociendo a los animales como personas no humanas sintientes y estableciendo políticas públicas activas, articuladas y sustentables. Coloca a la sintiencia de los animales como principio rector.

En un contexto en el que muchas provincias debaten cómo aggionar normativas anacrónicas, Río Negro presenta una propuesta robusta, viable y a la altura del sigo XXI. Toma lo mejor de los modelos de Mendoza, La Rioja, CABA, Córdoba y Santa Fe y lo adapta a su propio entramado territorial, institucional y cultural. Se animó a legislar más allá de lo establecido y puede convertirse en referencia nacional e internacional. Pone en lo más alto una ley que no se agota en la protección de nuestros animales. Es una ley que habla del tipo de seres humanos que queremos ser y de la sociedad que queremos construir.

La consolidación del concepto de familia multiespecie, reconocido por el derecho comparado y legitimado por las ciencias sociales, refleja una evolución cultural y normativa: los animales no son meros acompañantes, sino miembros del núcleo afectivo y, por lo tanto, sujetos de especial protección.

El Proyecto de Ley parte de un principio ineludible: no puede exigirse una custodia responsable si no se controlan las condiciones estructurales que impiden cumplirla. Es por ello que promueve una estrategia sanitaria integral, con prevención y prohibición de malos tratos y crueldad, vacunación, desparasitación y castración gratuita, temprana, masiva y sostenida en todo el territorio provincial, incluyendo comisiones de fomento y zonas rurales.Además, prohibe la eutanasia como método de control poblacional y castigo, alineando a la provincia con los estándares éticos internacionales.

II. LOS EJES ESTRUCTURALES DE LA LEY

La propuesta se divide en sesenta y tres (63) artículos distribuidos en XII capítulos y se organiza en varios ejes estructurales, entre los que podemos destacar los siguientes:

– Reconocimiento jurídico de los animales como personas no humanas sintientes y sujetos de especial tutela jurídica.

– Prevención y definición ampliada de los actos de malos tratos y crueldad animal, incluyendo expresamente la figura del abandono.

– Castración quirúrgica obligatoria, gratuita y sostenida como único método ético y eficaz de control poblacional.

– Prohibición de la eutanasia por sobrepoblación o gestión, estableciendo a Río Negro como provincia no eutanásica.

– Creación del Fondo Provincial de Bienestar y Equilibrio Poblacional Animal, con distribución coparticipable y afectación específica.

– Sistema de denuncias unificado, con línea gratuita, atención multicanal 24 h, rescate inmediato y articulación con las fuerzas de seguridad y la justicia.

– Prohibición de criaderos no habilitados, sometiendo la habilitación a estrictos estándares de cumplimiento para su obtención. Fiscalización sanitaria, ambiental y veterinaria por parte del Estado.

– Reconocimiento legal de los perros de asistencia emocional o terapéutica, no solo para quienes posean una discapacidad formalmente certificada. Se amplía el alcance de la Ley de Perros Guías.

– Reforma de la Ley de Perros Potencialmente Peligrosos, incorporando criterios actualizados de registro, cuidado y circulación.

– Modificación del Código Contravencional Provincial, incluyendo el abandono, venta ilegal, impedimento de rescates, entre otros, y la reincidencia como factores sancionables con multas, trabajo comunitario, decomiso, inhabilitación para la custodia de animales por un mínimo de 5 años, e incluso el arresto.Se endurecen las medidas y aumento considerable de sanciones pecuniarias.

– Modificación del Registro de Perros Potencialmente Peligrosos, el cual pasará a denominarse Sistema Provincial de Registros de Protección y Bienestar Animal, el cual incluye el Registro Provincial de Criaderos y Comercios Habilitados, Registro Provincial de Personas Inhabilitadas para la custodia y cuidado de Animales, Registro Provincial de Hogares de Tránsito y Organizaciones Rescatistas. Como dato de celebración, dentro de este registro, se incluyen los Hogares de Custodia para Animales Víctimas de Violencia, destinados a brindar acogida temporal o definitiva a animales involucrados en situaciones de violencia, hasta que su situación judicial o administrativa sea resuelta. Y el Registro de Custodia Responsable y Bienestar Animal.

El Proyecto de Ley unifica, ordena y actualiza múltiples normas vigentes en la provincia que, hasta ahora, funcionaban de forma dispersa y sin articulación operativa. Lo novedoso es que Río Negro se animó a legislar más allá, no se limitó a enunciar principios. Da un salto hacia herramientas jurídicas concretas.

Por primera vez se incorpora la figura de los perros de asistencia emocional o terapéutica. Se reconoce el derecho a rescatar animales encerrados en situaciones de urgencia sin que se considere punible, si se cumplen ciertos requisitos. Se le da facultad de intervención a la policía para casos de flagrancia y celeridad a las órdenes de allanamiento cuando la salud física y/o emocional de animal esté en riesgo inminente. Se crea un registro específico de hogares, al igual que en La Rioja, para animales víctimas de violencia, como medida preventiva en contextos de vulnerabilidad humana y animal. Se reconoce especialmente y se le otorga beneficios a las organizaciones de rescatistas, ONG y refugios.

Es un Proyecto de Ley que humaniza, que no impone cargas desproporcionadas, sino un sistema de metas progresivas, cooperación técnica y financiamiento garantizado si se cumple con la normativa.Y, lo más importante, responde a una demanda social creciente, transversal y sin banderas partidarias.

En el plano nacional, el Congreso aún tiene pendiente la sanción de la llamada Ley Conan, un proyecto que propone actualizar la Ley 14.346 de maltrato animal, vigente desde 1954, que busca agravar penas, tipificar nuevas formas de crueldad y reconocer la sintiencia animal. Su aprobación significaría también un avance histórico en la protección penal de los animales.

Sin embargo, pese al consenso social y al reclamo de organizaciones, proteccionistas y juristas, la Ley Conan aún no ha sido aprobada. Su estancamiento contrasta con la urgencia de los hechos: cada semana y en distintos puntos del país, conocemos nuevos casos de abandono, maltrato o violencia hacia animales que no encuentran amparo suficiente en el marco legal actual.

Y es por eso que, a pesar de la imposibilidad de las provincias de crear delitos en su propia legislación, la provincia de Río Negro tiene hoy la posibilidad de marcar un rumbo y dar un paso histórico en la medida de sus posibilidades. Demostrar que, una provincia, puede legislar con ética, evidencia y compromiso. Decir con claridad, y sin eufemismos, que los animales nos importan y son parte de nuestra familia y que el derecho puede y debe estar a la altura de las circunstancias. Ellos no tienen voz, pero nosotros sí.

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(*) Abogada, UNCo. Especialización en Derecho y Política de los Recursos Naturales y del Ambiente, UBA. Magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales, Universidad Austral. Certificación Internacional Leadership Professional in Ethics & Compliance (ECI & IAE School Business Austral). Diplomada en Compliance, Ética Corporativa y Dirección de Procesos de Integridad, Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Mendoza. Diplomado Internacional en Innovación y Relaciones Laborales Internacionales, Universidad del Caribe, Panamá. Socia en Cataldi Ríos Consultora Jurídica. Asesora Legislativa, Pcia. de Río Negro.

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