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Se excluye a la cónyuge supérstite de la sucesión del causante por haberse acreditado una separación de hecho sin voluntad de unirse, consolidada a partir de una orden judicial de exclusión del hogar, sin que se haya probado una reconciliación.
El cese de la convivencia derivado de una decisión judicial de exclusión del hogar, fundado en una relación altamente conflictiva y en denuncias por violencia, configura una separación de hecho sin voluntad de unirse a los efectos de la exclusión hereditaria prevista en el art. 2437 del CCyC.
A. M. A. s/ Sucesión ab intestato s/Incidente de exclusión hereditaria conyugal – Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Curuzú Cuatiá – 9/6/2025
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