#Legislación Congreso: la apertura de las sesiones ordinarias será el viernes 1 de marzo a las 21 horas

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Tipo: Decreto

Nro: 197

Emisor: Poder Ejecutivo Nacional

Localización: NACIONAL

Fecha: 27 de febrero de 2024

En uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 8 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Señálanse las 21:00 horas del día 1° de marzo próximo para la apertura de las Sesiones Ordinarias del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, correspondientes al año en curso.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – Nicolás Posse

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