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Título: Salud. Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Políticas de cuidado de la salud sexual. Adopción.
Tipo: LEY
Número: 1231
Emisor: Poder Legislativo Provincial
Fecha B.O.: 31-jul-2018
Localización: TIERRA DEL FUEGO
Cita: LEG94148
CUIDADO DE LA SALUD SEXUAL
Artículo 1º.- Esta ley tiene por objeto la adopción de políticas de cuidado de la salud sexual, en complemento con la Ley nacional 26.150 , a través del acceso al derecho a la información y educación para la prevención de embarazos no planificados y enfermedades de transmisión sexual.
Artículo 2º.- Todos los establecimientos educativos de nivel secundario, superior y adultos tendrán accesibilidad permanente a preservativos destinados a todos/as los/las alumnos/as, en condición de gratuidad, privacidad y confidencialidad.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud con la cooperación del Ministerio de Educación y del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.
Artículo 4º.- La autoridad de aplicación será responsable de proveer los preservativos e información sobre la prevención de embarazos no planificados y de las enfermedades de transmisión sexual a los centros educativos referidos en el artículo 2º.
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo procederá a arbitrar las medidas necesarias a fin de garantizar difusión de la presente.
Artículo 6º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente.
Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley dentro del término de los noventa (90) días de su promulgación.
Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 13 DE JULIO DE 2018.

