
Luego de la primera serie de audiencias públicas en el Senado, el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo recibió una serie de modificaciones con el objetivo de proteger a las pymes y cooperativas del sector de las telecomunicaciones frente al poderío económico de las grandes empresas del sector, Telefónica, Telecom y Cablevisión. Pero esos cambios no alcanzaron para contener a todos los actores involucrados en el nuevo marco regulatorio. En las últimas horas, el Poder Ejecutivo acercó a los senadores los nuevos cambios y para evitar mayores rispideces en el medio de una sesión, el FpV optó por volver a comisión y postergar el debate una semana más.
Sobre la autoridad de aplicación, los senadores opositores como las empresas del sector, grandes y pequeñas, cuestionaban su aparente discrecionalidad al no quedar definida dentro del proyecto de ley. El nuevo dictamen introdujo un capítulo completo sobre el funcionamiento de la Aftic.
La conducción y administración del nuevo organismo serán ejercidas por un directorio integrado por siete miembros nombrados por el Poder Ejecutivo nacional. Dicho órgano estará conformado por un presidente y un director designados por el PE; tres directores propuestos por la Comisión Bicameral, que serán seleccionados a propuesta de los bloques parlamentarios. También habrá un director a propuesta de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un director en nombre del Consejo Federal. El presidente y los directores no podrán tener intereses o vínculos con los asuntos bajo su órbita.
La nueva autoridad de aplicación absorberá todas las dependencias que estén vinculadas con las telecomunicaciones y funcionará en la órbita del Poder Ejecutivo, de manera descentralizada y autárquica. Coexistirá solamente con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), que mantendrá sus potestades regulatorias.
El otro conjunto de cambios tiene que ver con otorgarles a las pymes y cooperativas de telecomunicaciones una mayor protección. Ahora aparecen mencionadas taxativamente como actores clave para el desarrollo de las economías regionales. A su vez, se mejoró la definición de “poder significativo de mercado” para evitar los abusos de posición dominante.
“Esta fuerza económica puede estar fundada en la cuota de participación en el o los mercados de referencia, en la propiedad de facilidades esenciales, en la capacidad de influir en la formación de precios o en la viabilidad de sus competidores; incluyendo toda situación que permita o facilite el ejercicio de prácticas anticompetitivas por parte de uno o más prestadores a partir, por ejemplo, de su grado de integración vertical u horizontal”, puede leerse en el nuevo dictamen.
El otro eje está vinculado con el cruce de los servicios audiovisuales y las TICS. La norma habilita a empresas como Cablevisión ofrecer servicios TICS y a compañías como Telefónica, brindar contenidos audiovisuales. El Poder Ejecutivo fijó nuevas pautas para evitar un posible abuso de posición dominante en uno u otro mercado. Las empresas TICS y de SCA deberán conformar unidades de negocio separadas, llevar contabilidad diferenciada y facturar por separado las prestaciones correspondientes, no incurrir en prácticas anticompetitivas tales como las ventas atadas y los subsidios cruzados con fondos provenientes de las distintas unidades de negocio, facilitar el acceso a su propia infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos, en condiciones de mercado; y respetar las incumbencias y encuadramientos profesionales de los trabajadores en las distintas actividades que se presten.
Fuente: Página 12
