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¿Cómo se tramita actualmente la Asignación por Discapacidad?

A partir del 1° de diciembre de 2011 rige la Circular 88/11 – ANSeS (GAFDyD) -de fecha 23/11/2011-, que establece cual es la documentación, el procedimiento y el Sistema de carga para la tramitación de la Autorización por Discapacidad, a los efectos del cobro de las asignaciones:

ASIGNACIÓN FAMILIAR POR HIJO CON DISCAPACIDAD;

ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO CON DISCAPACIDAD PAR PROTECCIÓN SOCIAL;

ASIGNACIÓN FAMILIAR POR CÓN YUGE CON DISCAPACIDAD.

A tal fin, dicha Resolución dispone que para liquidar estas asignaciones ANSeS deberá contar y registrar en sus Bases de Datos el Certificado Único de Discapacidad (CUD), otorgado de conformidad con la Ley 22.431 .

Según la Resolución, quienes soliciten turno para la tramitación de la Autorización por Hijo/Cónyuge con Discapacidad, deberán presentar la siguiente documentación:

Formulario de Declaración Jurada para la Tramitación de la Autorización por Hijo/Cónyuge con Discapacidad;

Certificado Unico de Discapacidad (CUD) expedido en el marco de la ley N° 22.431 por las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad habilitadas a tal efecto por autoridad competente en todo el país. Quedan exceptuadas momentáneamente de la emisión del CUD la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Provincias de Córdoba, Misiones y Santa Cruz las que continúan emitiendo el Certificado de Discapacidad conforme a la Ley Provincial correspondiente; Documentación para la carga de las relaciones en la Base Administrador Datos de Personas de ANSeS (ADP) y para actualizar el domicilio tanto del titular como del Discapacitado.

ATENCIÓN: al final de la Resolución figura como ‘importante’ la siguiente recomendación: teniendo en cuenta que podrían existir demoras en el otorgamiento de los turnos para la tramitación de los CUD, se requiere asesorar a los beneficiarios a fin de que, al momento de la solicitud del turno ante el Servicio Nacional de Rehabilitación, soliciten una constancia del día en el que se solicitó el mismo.

Consulta a cargo de Rafael Toledo Ríos – Abogado

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