El Tribunal en lo Criminal N° 4 de Morón reconoció que el abuso sexual con acceso carnal puede producirse a través de medios digitales, cuando se obliga al otro, bajo coacción, a realizar los actos sobre el propio cuerpo.
El Tribunal condenó al agresor, quien se encontraba preso, a 20 años de prisión al encontrarlo penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real, con producción de imágenes de una persona menor de edad con representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales agravadas por ser la víctima menor de 13 años de edad, todos ellos en concurso ideal con el delito de promoción de la corrupción de menores agravada por haber mediado intimidación; y este concurso ideal así conformado, en concurso real con los delitos de tenencia de representaciones de personas menores de 13 años de edad, dedicados a actividades sexuales explícitas y de la representación de sus partes genitales, extorsión y defraudación mediante el uso de tarjetas de crédito de los padres de la víctima.
Orlando Tristán Novillo – Tribunal en lo Criminal N° 4 de Morón – 28/4/2026
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