Comprobado el desequilibrio económico manifiesto entre un conviviente y el otro se hace lugar a la compensación económica, toda vez que, se ha verificado la situación de desigualdad en las posibilidades económicas y de inserción en la vida laboral respecto de la actora
S., C. A. c/ D., A. s/ Compensación económica – Juzgado Unipersonal de Familia N° 11 de Rosario – 4/2/2026
Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí

