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#Doctrina Neurociencia e inteligencia artificial en la política criminal: nuevos paradigmas para el derecho penal y procesal penal argentino

Autor: Martínez López, Damián

Fecha: 04-04-2025

Colección: Doctrina

Cita: MJ-DOC-18215-AR||MJD18215

Voces: NEUROCIENCIA – PENAL – DELITOS – RESPONSABILIDAD PENAL – CULPABILIDAD – IMPUTABILIDAD – PENAS – INIMPUTABILIDAD – INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Sumario:
I. Resumen. II. Introducción. III. La neurociencia en el derecho penal argentino. IV. Inteligencia Artificial y su Aplicación en la Política Criminal. V. Implicaciones Éticas y Legales. VI. Propuestas para una Integración Responsable. VII. Conclusión.

Doctrina:
Por Damián Martínez López (*)

I. RESUMEN

El avance de la neurociencia y la inteligencia artificial está reconfigurando el panorama de la política criminal en Argentina, impactando tanto el derecho penal como el procesal penal. Este artículo examina cómo estos campos emergentes ofrecen nuevas perspectivas sobre el comportamiento delictivo y la gestión del sistema de justicia penal, al mismo tiempo que plantea interrogantes sobre la ética, la responsabilidad y los derechos humanos. Se propone un análisis crítico de la jurisprudencia, doctrina y legislación vigente en el país, así como recomendaciones para una integración responsable de estas tecnologías en el ámbito del derecho penal argentino.

II. INTRODUCCIÓN

La intersección entre neurociencia, inteligencia artificial y política criminal en Argentina emerge como un campo de estudio fascinante y complejo, que presenta tanto promesas como desafíos. En un contexto donde el crimen y la violencia continúan siendo problemas persistentes, las nuevas tecnologías ofrecen herramientas innovadoras para abordar estos fenómenos. La neurociencia, a través de sus avanzadas metodologías, ha revolucionado nuestra comprensión sobre el comportamiento humano, revelando cómo las estructuras y funciones cerebrales pueden influir en la toma de decisiones, el autocontrol y, en última instancia, el comportamiento delictivo. Este conocimiento reta a paradigmas tradicionales en el derecho penal, llevando a un replanteamiento de conceptos fundamentales como la culpabilidad y la responsabilidad.

En paralelo, la inteligencia artificial ha proliferado en diversas áreas de la sociedad moderna, incluida la justicia penal. Con la capacidad de analizar grandes volúmenes de datos, los sistemas de IA pueden ofrecer perspectivas valiosas en la predicción del comportamiento criminal y optimización de recursos, desde la gestión delictiva hasta la administración y posible admisión de pruebas en juicios. Sin embargo, esta implementación no está exenta de riesgos.El uso de algoritmos en el ámbito penal puede perpetuar y agravar sesgos existentes, como se ha evidenciado en otros contextos, desafiando la equidad y la justicia, y generando preocupaciones sobre la vigilancia y la privacidad de los ciudadanos.

El avance de estas disciplinas también plantea interrogantes éticos fundamentales. ¿Cómo se deben considerar los hallazgos neurocientíficos al establecer la responsabilidad penal? ¿Qué salvaguardias son necesarias para asegurar que la implementación de sistemas de IA no vulnere derechos humanos esenciales? Estas preguntas requieren de un análisis profundo y crítico, no solo de la legislación vigente y la doctrina existente, sino también de la jurisprudencia que va moldeando este nuevo paradigma en la práctica judicial argentina.

Hasta ahora, el sistema penal argentino ha enfrentado dificultades para incorporar adecuadamente estos avances y, a menudo, se encuentra a la zaga de los cambios tecnológicos y científicos que pueden influir en la política criminal. Sin embargo, el reconocimiento de la neurociencia y la inteligencia artificial como herramientas complementarias, en lugar de competidoras, puede abrir nuevas vías para la reforma del derecho penal y procesal penal. En este sentido, es vital fortalecer el diálogo interdisciplinario entre juristas, neurocientíficos, informáticos, sociólogos, etc., a fin de asegurar un enfoque holístico que priorice los derechos humanos y garantice la justicia.

Este artículo se propone explorar críticamente cómo la neurociencia y la inteligencia artificial están reconfigurando la política criminal en argentina. Al investigar las implicaciones de estas tecnologías en el contexto del derecho penal y procesal penal, se buscará no solo examinar los enfoques actuales y su base normativa, sino también proponer caminos hacia una integración ética y responsable que promueva un sistema de justicia más justo y efectivo. En las últimas décadas, la neurociencia ha proporcionado un profundo entendimiento de los procesos cognitivos y emocionales que subyacen al comportamiento humano. Estos hallazgos tienen implicaciones directas para el derecho penal, donde cuestiones de culpabilidad y responsabilidad son fundamentales.Por otro lado, la inteligencia artificial ha comenzado a desempeñar un papel importante en la investigación y la administración de justicia, generando tanto oportunidades como retos para el sistema judicial argentino.

III. LA NEUROCIENCIA EN EL DERECHO PENAL ARGENTINO

La neurociencia ha traído consigo una nueva dimensión en la comprensión del comportamiento humano, aportando evidencia sobre cómo las funciones cerebrales y los trastornos neurológicos pueden impactar en la capacidad de una persona para ejercer el control sobre sus actos. Esta ofrece nuevos modelos para entender el comportamiento delictivo. Investigaciones recientes indican que ciertos trastornos neurológicos pueden influir significativamente en la capacidad de una persona para controlar sus impulsos y tomar decisiones (Greely, 2012). En Argentina, el Código Penal en su artículo 34 establece que la culpabilidad requiere la capacidad de comprender la ilicitud de los actos. La jurisprudencia reciente, como la resolución de la Corte Suprema en el caso «Nicolás A. F. s/ recurso de casación» (CSJN, 2014) (1), ha comenzado a considerar los factores neurobiológicos en la determinación de la responsabilidad penal. En este contexto, la Sentencia 814/2020, de 5 de mayo, del Tribunal Supremo español (2), representa un avance importante en el derecho comparado al reconocer la validez de las neuroimágenes como prueba en procesos penales, resaltando su certeza e incuestionabilidad en la evaluación de la capacidad cognitiva del reo. Esto implica un reconocimiento gradual de que no todos los individuos son capaces de actuar con plena responsabilidad debido a condiciones médicas o psicológicas, lo cual podría llevar a un cambio en cómo se configuran las sanciones y las medidas de rehabilitación.

El desafío aquí es equilibrar este nuevo conocimiento con la necesidad de mantener un sistema penal que sea justo y equitativo.Se hace necesario un diálogo continuo entre abogados, magistrados, expertos en neurociencia y más como el enfoque multidisciplinario que ofrecen las ciencias forenses, para establecer criterios claros sobre cómo se pueden integrar estos hallazgos en los procesos judiciales existentes, sin dejar de considerar el derecho de las víctimas y la necesidad de reparar el daño causado.

IV. INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y SU APLICACIÓN EN LA POLÍTICA CRIMINAL

La implementación de sistemas de inteligencia artificial en la política criminal puede ofrecer mejoras significativas en la prevención del delito y la administración de justicia. La capacidad de procesar y analizar grandes cantidades de datos permite a las fuerzas de seguridad identificar patrones delictivos y optimizar sus recursos. Por ejemplo, los algoritmos pueden predecir potenciales focos de crimen, facilitando decisiones informadas sobre la asignación de patrullas o la planificación de políticas de prevención.

Sin embargo, esta aplicación también trae peligros inherentes. Los sesgos algorítmicos son una preocupación importante, especialmente si los datos utilizados para entrenar los sistemas de inteligencia artificial contienen desigualdades raciales o socioeconómicas. Las decisiones basadas en IA podrían, sin querer, perpetuar la discriminación y violar derechos fundamentales al dirigir de manera desproporcionada la atención hacia comunidades vulnerables (Ferguson, 2017). Por lo tanto, un enfoque ético y transparente en la creación e implementación de estos sistemas es crucial para garantizar que beneficien a todos los sectores de la población.

En Argentina, el «Programa de Inteligencia Artificial» implementado por el Ministerio de Seguridad es un claro ejemplo de cómo la tecnología se está integrando en la toma de decisiones policiales, aunque carece de una supervisión adecuada (Ministerio de Seguridad, 2022).

V. IMPLICANCIAS ÉTICAS Y LEGALES

La intersección de la neurociencia y la inteligencia artificial con el derecho penal argentino plantea diversas implicaciones éticas y legales. La Ley de Protección de Datos Personales (Ley Nº 25.326) establece principios de trato justo y transparencia que deben ser considerados en el uso de datos en algoritmos.Asimismo, el artículo 18 de la Constitución Nacional garantiza el derecho a la privacidad, lo que exige un marco regulatorio robusto para evitar abusos en el uso de tecnologías emergentes.

Desde la perspectiva ética, surge la cuestión de la responsabilidad: si el comportamiento delictivo puede atribuirse en parte a condiciones neurológicas o a sesgos de sistemas de IA, ¿en qué medida se les puede considerar responsables de sus actos? (Pérez, 2018). Esto plantea un dilema crucial para el derecho penal, que tradicionalmente ha basado su funcionamiento en la premisa de la responsabilidad individual.

Desde un punto de vista legal, el uso de la neurociencia y la IA dentro del contexto judicial requiere una revisión de normativas y procedimientos. ¿Cómo garantizar que las pruebas neurocientíficas sean admitidas en juicio? ¿Qué estándares se deben establecer para el uso de herramientas de IA en la toma de decisiones judiciales? La falta de un marco claro puede llevar a la arbitrariedad y a la erosión de derechos fundamentales, resaltando la necesidad de regulaciones específicas que definan claramente el uso de estas tecnologías en la justicia penal.

VI. PROPUESTAS PARA UNA INTEGRACIÓN RESPONSABLE

Para que la incorporación de la neurociencia y la IA en el sistema penal argentino sea efectiva y ética, se proponen las siguientes recomendaciones:

– Desarrollo de un marco normativo específico: Es fundamental la creación de legislación que regule específicamente el uso de la neurociencia y la inteligencia artificial en el sistema penal (López, 2020). Esto implica establecer estándares claros sobre la admisibilidad de pruebas neurocientíficas y definir criterios de funcionamiento para los sistemas de IA en la justicia penal. Además, debería incluir instrucciones sobre cómo se deben abordar los sesgos algorítmicos y garantizar la protección de los derechos humanos en todas las instancias de sus aplicaciones.

– Capacitación de actores judiciales:La formación de jueces, fiscales y defensores es esencial para asegurar que comprendan los conceptos básicos y las implicaciones de la neurociencia y la IA (González, 2019). Esto no solo incluiría la educación en la materia, sino también la sensibilización sobre los riesgos de sesgos y sobre la importancia de un enfoque ético en el uso de estas tecnologías. Programas de capacitación interdisciplinarios, que incluyan expertos en neurociencia y tecnología, podrían ser una herramienta valiosa para este fin.

– Supervisión y auditoría de sistemas de IA: Establecer mecanismos de supervisión y auditoría para los sistemas de inteligencia artificial utilizados en la política criminal es crucial (Martínez, 2022). Estas auditorías deberían evaluar la eficacia, la justicia y la transparencia de estos sistemas, garantizando que no se perpetúen sesgos ni discriminación en la aplicación de la ley. Además, se deben implementar mecanismos de rendición de cuentas que permitan a la sociedad en su conjunto monitorear y cuestionar el uso de estas tecnologías en el sistema de justicia.

VII. CONCLUSIÓN

La intersección entre neurociencia, inteligencia artificial y política criminal representa una encrucijada crítica para el futuro del derecho penal y el proceso penal en Argentina. A medida que estas disciplinas avanzan, se presenta la oportunidad de enriquecer nuestra comprensión del comportamiento humano y de los fenómenos delictivos, permitiendo una administración de justicia que no solo sea más eficiente, sino también más justa y equitativa. Sin embargo, aprovechar este potencial requiere un enfoque reflexivo y multidisciplinario, que considere tanto los beneficios como los desafíos que surgen de la implementación de estas tecnologías.

Es imperativo reconocer que la incorporación de hallazgos neurocientíficos en el proceso penal podría conducir a una reformulación de conceptos clave como la culpabilidad y la responsabilidad penal. Si comprendemos que ciertos comportamientos delictivos pueden estar influenciados por factores biológicos, esta perspectiva podría llevar a un enfoque más humano y rehabilitador en lugar de meramente punitivo.Así, la posibilidad de integrar la neurociencia en el análisis de la responsabilidad penal plantea cuestiones que podrían transformar cómo se lleva a cabo el proceso judicial, permitiendo defensas más adecuadas y una comprensión más profunda de las razones detrás de los delitos.

Por otro lado, la inteligencia artificial tiene el potencial de revolucionar la administración de la justicia al mejorar la eficacia y la precisión en la toma de decisiones. Sin embargo, como se ha mencionado, la utilización de sistemas de IA también presenta riesgos considerables, incluidos los sesgos algorítmicos que pueden afectar negativamente a grupos vulnerables y minar la confianza pública en el sistema judicial. La cuestión de cómo se manejan estos sesgos no solo influye en la eficacia de las medidas de prevención del delito, sino que también tiene implicaciones directas para la protección de los derechos humanos de los individuos dentro del proceso penal.

Para que la convergencia de la neurociencia y la inteligencia artificial en la política criminal sea un éxito y no un desencadenante de injusticias, es crucial que sigamos un camino orientado por principios éticos y de justicia. Las propuestas de desarrollo de marcos normativos específicos, capacitación de actores judiciales y supervisión de sistemas de IA no son meramente sugerencias, sino requisitos indispensables para asegurar que el proceso penal argentino no solo se mantenga al día con los avances tecnológicos, sino que también actúe conforme con los estándares de derechos humanos y justicia social.

La importancia de este tema para el proceso penal argentino no puede subestimarse. Al abordar las nuevas realidades que presentan la neurociencia y la inteligencia artificial, el sistema judicial argentino tiene la oportunidad de evolucionar hacia un modelo más comprensivo y efectivo, que promueva no solo la seguridad pública, sino también la reparación y reintegración de individuos que han cometido delitos.Este enfoque ampliado podría resultar en una justicia más equitativa, capaz de enfrentar los problemas complejos de la criminalidad de manera informada y sensible, reflejando así un compromiso profundo tanto con la justicia como con la dignidad humana.

En última instancia, el desafío radica en cómo Argentina puede navegar por esta nueva realidad, equilibrando la innovación tecnológica con el respeto por los derechos fundamentales y la necesidad de un sistema judicial justo. Este proceso requerirá un esfuerzo coordinado entre legisladores, académicos, profesionales del derecho, las ciencias forenses y la sociedad civil, quienes deben colaborar en la creación de una justicia penal que no solo responda a los delitos, sino que también se preocupe por el bienestar y la rehabilitación de aquellos que han infringido la ley. La integración responsable de la neurociencia y la inteligencia artificial en el derecho penal y procesal penal será un indicador clave de la madurez de la justicia argentina y su capacidad para adaptarse a los desafíos del siglo XXI.

Referencias

– Código Penal Argentino. (Ley N. º 11.179). (1921). https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacida/200413.

– Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. (2014). Nicolás A. F. s/ recurso de casación. Fallos, 337, 1508.

– Ferguson, A. G. (2017). Policing Predictive Policing: The Challenges of AI and Algorithms in Law Enforcement. Harvard Journal of Law & Technology, 31(2), 470-518. https://jolt.law.harvard.edu/assets/articlePDFs/v31/Policing-Predictive-Policing-The-Challenges-of-AI-and-Alg
rithms-in-Law-Enforcement.pdf.

– González, M. (2019). Capacitación judicial en nuevas tecnologías: un imperativo para el siglo XXI. Revista de Derecho Penal, 10(1), 45-67.

– Greely, H. T. (2012). The Case against Neuroscience in Criminal Law. Harvard Law Review, 125(2), 143-192.

– Greely, H. T. (2012). Neuroscience and the Law: Mind, Brain, and the Criminal Justice System. Journal of Neuroscience, 32(6), 1974-1980. https://doi.org/10.1523/JNEUROSCI.1663-11.2012

– Ley de Protección de Datos Personales (Ley N.º 25.326). (2000). https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacida/177601.

– López, S.(2020). Marco normativo y su impacto en la justicia penal argentina. Revista de Estudios Jurídicos, 15(2), 75-95.

– Martínez, J. (2022). Supervisión de IA en el sistema penal: desafíos y perspectivas. Ciencia & Justicia, 14(1), 12-29.

– Ministerio de Seguridad de la Nación Argentina. (2022). Informe sobre la Implementación de Tecnología en el Ámbito de la Seguridad. https://www.argentina.gob.ar/seguridad/informes/tecnologia.

– Julià-Pijoan, M. (2022). Comentarios de jurisprudencia sobre la valoración judicial de las neuroimágenes, a propósito de la sentencia del Tribunal Supremo español 814/2020, de 5 de mayo. Revista Chilena de Derecho, 49(3). http://dx.doi.org/10.7764/r.493.8.

– Pérez, A. (2018). Responsabilidad penal y neurociencia: una visión crítica. Anales de Derecho Penal, 9(3), 123-140.

– Rodríguez, L. (2021). Inteligencia artificial y justicia penal: un análisis de las oportunidades y riesgos. Revista de Tecnología y Derecho, 7(2), 33-48.

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(1) CSJN (2014). Nicolás A. F. s/ recurso de casación. Fallos, 337, 1508.

(2) Tribunal Supremo de España. (2020). Sentencia 814/2020, de 5 de mayo. https://www.poderjudicial.es

(*) Abogado. Magister en Derecho Procesal (Univ. Siglo 21). Doctorando en Derecho y ciencias sociales (UNC). Maestrando en Criminología y ciencias forenses (Univ. Siglo 21). Profesor de grado y posgrado (UNC y Univ. Siglo 21). Miembro y coordinador del Instituto de derecho procesal (sala civil) de la Academia nacional de derecho y ciencias sociales de Córdoba.

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