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PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE VIOLENCIAS Y ACOSO EN EL TRABAJO.
Convenio Nº 190 de OIT – Ley Nacional Nº 27.580 – Ley Provincial Nº 14.371 de Santa Fe
Autores:
Eduardo Luis Mezio
Claudio Aníbal San Juan
La Ley Nacional N° 27.580 aprueba el Convenio sobre la violencia y el
acoso, 2019 (núm. 190) de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), ratificado por la República Argentina el 23 de febrero de 2021.
De acuerdo al artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional “Los
tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes”, por lo
que cualquier ley, decreto o resolución que se dicte por cualquiera de
los poderes nacionales o provinciales deberán adecuar su dictado y
aprobación a lo normado, siendo totalmente ilegales normas que se
opongan a la Constitución Nacional.
Su aplicación es un real desafío que trae aparejado aproximarse a una
nueva esfera de actuación dentro de las relaciones laborales delimitada
por los factores psicosociales en el trabajo que integran la salud y la
seguridad en el trabajo.
La Provincia de Santa Fe sancionó el 28 de noviembre de 2024 la Ley
Provincial N° 14.371 sobre “Prevención y erradicación de violencias y
acoso en el trabajo”, contribuyendo a la transposición al derecho
interno de aquellos aspectos previstos en el Convenio sobre la violencia
y el acoso, 2019 (núm. 190), aprobado por la Ley Nacional N° 27.580, que
requieren disposiciones instrumentales para su mejor aplicación.
DE LOS AUTORES:
Eduardo L. Mezio:
– Abogado, UCA, Rosario. Licenciado en Derecho Español. Autor de
publicaciones sobre temas de su especialidad. Consultor independiente.
– Abogado jefe de ASOCIART SA ART, asesor legal de Obras Sociales de
Trabajadores, Secretario de la Presidencia del Concejo Deliberante de
Rosario; Sub Secretario de Justicia en la Provincia de Santa Fe,
integrante de la Comisión de Derecho del Trabajo de la Cámara de
Diputados de la Nación; asesor del Ministerio de Salud de la Nación. Sus
libros destacados son: Conflictos derivados de la Ley de Riesgos del
Trabajo, 1997; Una breve recopilación pagana. La Constitución Nacional
no rige para los accidentes y enfermedades del trabajo 2022; Accidentes
y enfermedades del trabajo. De acuerdo a la Constitución nacional, ley
de defensa del consumidor y convenios OIT, 2012, en coautoría con Jorge
Rachid y Claudio San Juan.
Claudio A. San Juan:
– Profesional Sr. de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS, Argentina),
desde el año 2001.
– Miembro de la “Red Euro-Latinoamericana de Análisis sobre Trabajo y
Sindicalismo” (RELATS).
– Autor del artículo “Abordar el Convenio sobre la eliminación de la
violencia y el acoso en el mundo del trabajo desde la salud y seguridad
en el trabajo” y de otras publicaciones sobre el tema.
– Licenciado en Higiene y Seguridad en el Trabajo, Universidad de Morón
(1990); Magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales
Internacionales, Universidad Nacional de Tres de Febrero (2011),
Magíster en Derechos Humanos, Estado y Sociedad, Universidad Nacional de
Tres de Febrero (2017), Certificado en la “Academia sobre el
cumplimiento de la normas en el lugar de trabajo mediante la inspección
del trabajo” (OIT, 2019).

