Dr. Martín Sabadini
Dr. Nicolas Oszust
Se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 379/2025, publicado en el Boletín Oficial, mediante el cual se modifica la Ley 26.589 y se aprueba el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA).
Aspectos centrales del Decreto:
Ámbito de aplicación:
El PROMESA es optativo y se aplica a controversias en materia de salud cuando el requerido sea una entidad comprendida en las leyes N.º 23.660, 23.661 o 26.682 (obras sociales y prepagas).
Objeto del procedimiento:
Ofrecer una instancia prejudicial alternativa para resolver conflictos sanitarios antes de iniciar acciones judiciales.
Principales dificultades de su implementación.
El reclamo previo para el cumplimiento de las prestaciones este pedido en una nota o una carta documento enviada por el afiliado, además de los reclamos previos, instancias donde la prepaga o la obra social podría dar cumplimiento. Estos procesos son más dilatorios que efectivamente de cumplimiento.
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