Icono del sitio AL DÍA | ARGENTINA

#Actualidad Intuitu personae: No debe reconocerse derecho a la corredora inmobiliaria a percibir comisión por una intermediación que no hizo y que delegó indebidamente a manos de una persona no autorizada.

Rechazo del reclamo de una comisión derivada de un corretaje inmobiliario, dado que aun aceptando que la vendedora logró disponer de su propiedad por medio de un vínculo gestado por la labor, la gestión y el esfuerzo de un colaborador, ni éste está habilitado para ejercer el corretaje, ni la accionante tiene derecho a comisionar por un corretaje ajeno en el que no intervino; debe agregarse que, la propia actora tampoco pudo explicar qué es, concretamente, lo que hizo en la intermediación que pretende que sea remunerada.

CLAUSO, GILDA FLORA C/ BARDUCCI, DIANA VIRGINIA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES / COMERCIALES – Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Sala Segunda – 10/4/202

 

Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí

Salir de la versión móvil