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Conforme lo dispuesto en el art. 111 de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus Modificaciones) por Decreto 507/93 y bajo la exclusiva responsabilidad del ex futbolista, se trabó embargo preventivo sobre los inmuebles denunciados si los mismos resultaren de propiedad de Gabriel Omar Batistuta hasta cubrir la suma de $71.096.882,09.-
FISCO NACIONAL – AFIP c/ BATISTUTA, GABRIEL OMAR s/EMBARGO PREVENTIVO – JUZGADO FEDERAL DE RECONQUISTA – 17/08/2022
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