En esta oportunidad presentamos un comentario de Pablo Barbieri, especialista en Derecho Comercial y en Derecho Deportivo, sobre un fallo que declara improcedente la prórroga del período de exclusividad si el concursado no acreditó las gestiones efectuadas en procura de obtener la conformidad de los acreedores quirografarios admitidos, ni explicó por qué fue insuficiente el tiempo con que contó para finiquitar los trámites necesarios a tal fin.
Datos del colaborador: Pablo Barbieri
Abogado
Posgraduado en Asesoría Jurídica de Empresas UBA
Profesor Titular de «Concursos, Quiebras y Títulos Circulatorios» en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora.
Profesor Adjunto de «Concursos y Quiebras» en la Facultad de Derecho de la Universidad del Museo Social Argentino.
Profesor en la Diplomatura en Gestión de Entidades Deportivas de UCES.
Especialista en Derecho Comercial y en Derecho Deportivo.
41 obras jurídicas escritas y publicadas.
Conferencista en la Argentina y el exterior.
Datos del fallo a analizar:
Partes: Longo Alejandra Viviana | concurso preventivo
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Sala/Juzgado: F
Fecha: 23-may-2019
A continuación, se adjunta el fallo analizado:
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