
Emisor: Poder Legislativo Nacional
Fecha B.O.: 26-may-2017
Localización: NACIONAL
Cita: LEG87077
| El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1.- Declárase en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén y Río Negro. |
| Artículo 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). |
| Artículo 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a prorrogar por igual término la vigencia de la presente. |
| Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. – REGISTRADO BAJO EL Nº 27354 – EMILIO MONZÓ.- FEDERICO PINEDO.- Eugenio Inchausti.- Juan P. Tunessi. Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017 En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.354 (IF-2017-9207617-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 26 de abril de 2017, ha quedado promulgada de hecho el día 18 de mayo de 2017. Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA. Cumplido, archívese.- Pablo Clusellas. |
