
En virtud del Decreto Nº 201/2017 se establece que el Estado Nacional deberá ser representado y/o patrocinado directamente por la Procuración del Tesoro de la Nación en los procesos en los que el Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete o cualquier Ministro tenga relación con alguna de las partes, sus representantes legales o letrados patrocinantes.
Por su parte, en el segundo decreto, se reglamenta el procedimiento de las contrataciones públicas llevadas a cabo por cualquier organismo del Sector Público Nacional, estableciéndose que el interesado deberá presentar una «Declaración Jurada de Intereses» manifestando si se encuentra alcanzado por alguno de los supuestos de vinculación. Se fijan los trámites y procedimientos para cuando, de la mentada declaración jurada, surgiere la existencia de alguno de los supuestos previstos por la norma.
Enlace a los textos de los decretos:
DECRETO N° 201/2017 – Estado Nacional. Representación. Conflicto de Interés.
DECRETO N° 202/2017 – Estado Nacional. Conflicto de Interés. Procedimiento.
