
Tipo: ACORDADA
Número: 18
Emisor: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Fecha B.O.: N.R: La norma no ha sido publicada en el Boletín Oficial.
Localización: NACIONAL
Cita: LEG78603
En Buenos Aires, A los 14 días del mes de junio del año dos mil dieciséis, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
I. Que, recientemente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo conocer a esta Corte Suprema de Justicia de la Nación la falta de cobertura de cargos de magistrados por parte del Consejo de la Magistratura de la Nación, lo que afecta gravemente la prestación del servicio.
II. Que asimismo, esta Corte Suprema ha recibido una petición del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires en la que hace referencia a la grave situación de dicho fuero que perjudica claramente la actuación por parte de los abogados.
III. Que por otra parte, es evidente que se ha configurado una crítica situación que impacta directamente sobre derechos de naturaleza alimentaria de quienes allí litigan, cuya trascendencia social es notoria. Que ello también afecta a los sectores empresarios y sindicales que litigan en ese fuero.
IV. Que este Tribunal viene manifestando su preocupación y advirtiendo a los otros Poderes del Estado y demás órganos competentes sobre las dificultades señaladas (conf. acordadas 37/84, 17/86, 41/86, 6/87, entre otras). Recientemente se requirió del Consejo de la Magistratura que arbitrara las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para superar la grave situación existente (providencia de fecha 7 de marzo del corriente ano, adoptada en los expedientes 4408/16 y 5431/15).
V. Que la falta de soluciones concretas ha llevado a una situación excepcional de extrema gravedad institucional que requiere medidas urgentes destinadas a garantizar el servicio de justicia.
VI.
Que en ese contexto corresponde requerir del Consejo de la Magistratura que solicite a los juzgados que integran ese fuero que informen inmediatamente sobre las estadísticas disponibles acerca de la cantidad de causas y su tramitación, cantidad de sentencias dictadas en los dos últimos años y que, en virtud de ello, disponga una auditoria de gestión sobre esos tribunales a fin de conocer su concreto estado de situación. Todo ello los fines de adoptar las medidas conducentes para brindar la mas completa respuesta a las necesidades de los justiciables.
VII. Que, asimismo, esta Corte dispone por la presente la creación de 98 cargos para ese fuero, utilizando para ello las previsiones de la ley 27.196 y el crédito presupuestario necesario.
VIII. Que la importancia y la cantidad de cargos a cubrir, determina la exigencia de que los magistrados los cubran mediante concursos realizados en forma rápida expeditiva, teniendo en cuenta la idoneidad y contracción al trabajo de los aspirantes.
IX. Que, a la par de completar la dotación de personal, resulta imprescindible que se cubran las vacantes de magistrados existentes en el fuero, como así también que se mejoren y adecuen las condiciones edilicias y de infraestructura, por lo que corresponde exhortar, nuevamente, al Consejo de la Magistratura a esos fines. Es imprescindible que las funciones de Selección y Administración que corresponden al Consejo de la Magistratura sean ejercitadas con la máxima celeridad y con el objetivo de satisfacer las demandas de los ciudadanos.
X. Que en razón a lo todo lo expuesto, vistas las presentaciones formuladas por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y el Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal, efectuadas las adecuaciones pertinentes en función a los cargos solicitados por la mencionada cámara, teniendo en cuenta las plantas de personal de los diferentes juzgados del fuero, y en ejercicio de las facultades establecidas en los arts. 17 de la ley 16.432, 23 de la ley 17.928 y 3 de la ley 19.362.
Por ello,
ACORDARON:
1) Efectuar la supresión y creación de 98 cargos en la dotación de Personal de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo, conforme el detalle que se incorpora como Anexo; y autorizar a la Dirección General de Administración Financiera a imputar el gasta resultante con cargo a la cuenta pertinente para el corriente ejercicio financiero.
2) Disponer que la cobertura de los cargos se realice de la forma prevista en el considerando VIII de la presente.
3) Ex hortar al Consejo de la Magistratura para que, dentro del ámbito de su competencia, disponga lo necesario a fin de que, con la intervención de los otros Poderes del Estado, se proceda a la cobertura de las vacantes existentes de cargos de magistrados mediante el procedimiento establecido en la Constitución Nacional. Asimismo, solicitarle que también arbitre las medidas a pertinentes fin de mejorar adecuar las condiciones edilicias y de infraestructura a las necesidades del fuero.
4) Requerir, a su vez, al Consejo de la Magistratura que disponga una auditoría de gestión sobre los juzgados nacionales del trabajo, a los fines referidos en el considerando VI.
5) Hacer saber lo resuelto a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y al Consejo de la Magistratura de la Nación.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique en la página web del Tribunal y se registre en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.
Ricardo Luis Lorenzetti.- Juan Carlos Maqueda.- Elena I. Highton de Nolasco.-
Corte Suprema de Justicia de la Nación.-
ANEXO
1°) Conforme lo dispuesto en el punto 1) de la presente acordada corresponde efectuar las siguientes supresiones de cargos en la dotación de
Personal de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo:
– 4 Prosecretario administrativo
– 36 Jefe de despacho (secretario privado)
– 46 Oficial
– 11 Escribiente
– 1 Medio oficial
2º) Efectuar las siguientes creaciones de cargos en la dotación de Personal de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo:
Juzgado Nº 1: +1 Escribiente
Juzgado Nº 2: +1 Oficial Mayor
Juzgado Nº 3: +1 Escribiente
Juzgado Nº 4: +1 Escribiente
Juzgado Nº 5: +1 Escribiente
Juzgado N° 6: +1 Escribiente
Juzgado N° 8: +1 Escribiente
Juzgado N° 9: +1 Escribiente
Juzgado N° 10: +1 Escribiente
Juzgado Nº 11: +1 Escribiente
Juzgado Nº 12: +1 Escribiente
Juzgado N° 13: +1 Escribiente
Juzgado Nº 14: +1 Escribiente
Juzgado N° 15: +1 Oficial
Juzgado Nº 16: +1 Escribiente
Juzgado N° 17: +1 Jefe de Despacho
Juzgado Nº 18: +1 Oficial
Juzgado N° 19: +1 Jefe de Despacho
Juzgado Nº 20: +1 Oficial
Juzgado N° 21: +1 Escribiente
Juzgado Nº 23: +1 Escribiente
Juzgado N° 24: +1 Oficial
Juzgado Nº 25: +1 Oficial
Juzgado Nº 26: +1 Oficial
Juzgado N° 27: +1 Oficial
Juzgado Nº 28: +1 Oficial
Juzgado Nº 29: +1 Oficial
Juzgado Nº 30: +1 Jefe de Despacho
Juzgado Nº 31: +1 Oficial
Juzgado Nº 32: +1 Escribiente
Juzgado Nº 33: +1 Escribiente
Juzgado Nº 34: +1 Oficial Mayor
Juzgado Nº 35: +1 Escribiente
Juzgado Nº 36: +1 Oficial
Juzgado Nº 37: +1 Escribiente
Juzgado N° 38: +1 Oficial
Juzgado Nº 39: +1 Escribiente
Juzgado N° 40: +1 Oficial Mayor
Juzgado N° 41: +1 Oficial
Juzgado N° 42: +1 Jefe de Despacho
Juzgado N° 43: +1 Escribiente
Juzgado Nº 44: +1 Escribiente Auxiliar
Juzgado Nº 45: +1 Oficial
Juzgado Nº 46: +1 Escribiente
Juzgado N° 47: +1 Escribiente
Juzgado N° 48: +1 Escribiente
Juzgado Nº 49: +1 Oficial
Juzgado N° 50: +1 Escribiente
Juzgado N° 51: +1 Oficial
Juzgado Nº 52: +1 Jefe de Despacho
Juzgado Nº 53: +1 Oficial
Juzgado Nº 54: +1 Escribiente
Juzgado Nº 56: +1 Jefe de Despacho
Juzgado N° 57:
+1 Escribiente
Juzgado N° 58: +1 Escribiente
Juzgado N° 59: +1 Oficial
Juzgado N° 61: +1 Oficial
Juzgado N° 63: +1 Escribiente
Juzgado N° 64: +1 Oficial Mayor
Juzgado N° 65: +1 Escribiente
Juzgado N° 66: +1 Escribiente Auxiliar
Juzgado N° 67: +1 Escribiente
Juzgado N° 68: +1 Escribiente
Juzgado N° 69: +1 Jefe de Despacho, +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor
Juzgado N° 70: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor
Juzgado N° 71: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
Juzgado N° 72: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
Juzgado N° 73: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
Juzgado N° 74: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor
Juzgado N° 75: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial, +1 Escribiente
Juzgado N° 76: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
Juzgado N° 77: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Medio Oficial
Juzgado N° 78: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +2 Oficial
Juzgado N° 79: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
Juzgado N° 80: +1 Jefe de Despacho (Secretario Privado), +1 Oficial Mayor, +1 Oficial
3°) Aulorizar a la Dirección General de Administración Financiera a impular el gasto resultante con cargo a la cuenta pertinente para el corriente ejercicio financiero.
