
El reglamento publicado ayer en el Boletín Oficial como anexo de la resolución 38, establece que para brindar servicios de comunicaciones móviles como OMV los prestadores deberán contar con una licencia única de Argentina Digital. A su vez, la norma dice que los Operadores Móviles de Red (OMR), Movistar, Personal y Claro, deberán presentar dentro de los próximos 120 días corridos una oferta de referencia para cada una de las áreas de explotación en las que tengan asignadas bandas de frecuencias dirigidas a los interesados en actuar como OMVs, la cual deberá ser actualizada anualmente. Una vez lista esa oferta, deberán brindarles acceso a los nuevos operadores e interconexión “conforme a los precios, términos y condiciones fijados libremente entre las partes”, aunque se aclara que en caso de conflictos la autoridad de aplicación exigirá que los precios para acceder a las redes sean “razonables y no discriminatorios”.
En el sector estiman que esta nueva modalidad de OMV puede alcanzar una participación de mercado de entre 10 y 15 por ciento del total de usuarios de telefonía móvil a partir de un mejor aprovechamiento de ciertos nichos de mercado. “Es una oportunidad para los OMV en conjunto con los OMR de desarrollar nuevos modelos de negocio, no necesariamente basados en la venta de paquetes de minutos y capacidad de internet, sino más orientados a servicios que consumen los usuarios, como el video, las redes sociales y la telefonía a través de herramientas como whastapp o Skype”, destacó a Página/12, el especialista Emmanuel Jaffrot, titular de la consultora Enable.
Los jugadores que estaban esperando para entrar se mostraron entusiasmados con la medida. “Es un buen reglamento que abre la competencia y perfecciona el mercado. Hemos colaborado intensamente y nos alegra haber sido escuchados, pero todavía falta definir reglamentaciones específicas que serán claves para que pueda haber más servicios, de mejor calidad y a menores precios”, sostuvo a Página/12, Luis Quinelli, presidente de Sion y miembro de Capit. Una de las cuestiones que esperan los operadores entrantes es la fijación de precios de referencia de la interconexión y del uso de la infraestructura para ordenar las negociaciones que tendrán que encarar con las firmas dominantes del mercado. La resolución establece que las partes deben celebrar los convenios en base a las pautas establecidas en el Reglamento Nacional de Interconexión, aprobado como anexo del decreto 764 de 2000 que desreguló el mercado telefónico. No obstante, ese acuerdo incluía una serie de disposiciones transitorias entre las que figuraban precios de interconexión referenciales calculados a partir de una canasta de precios que serían de aplicación en caso de que las partes no llegaran a un acuerdo. En una negociación tan desigual como la que va a darse entre grandes operadores, como Movistar, Personal y Claro, y prestadores pymes OMV es inevitable que se dificulten los acuerdos. Es por eso que los que se saben más débiles en esa negociación reclaman precios de referencia.
Fuente: Página 12
