
El proyecto fue aprobado ayer por unanimidad y sin debate en la Cámara alta y girado a Diputados para convertirse en ley. Después de que varios proyectos en el mismo sentido fracasaran anteriormente en el ámbito parlamentario; la Cámara alta había aprobado uno similar en 2011, pero Diputados nunca llegó con la iniciativa al recinto por diferencias en el cálculo indemnizatorio. Aunque el primer proyecto fue presentado en 2007 por el Frente para la Victoria, luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ratificara la corresponsabilidad del Estado argentino en la voladura del edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), que entonces tampoco prosperó.
La normativa, enviada por el Gobierno y que ayer recibió media sanción en el Senado, establece una fórmula de cálculo del monto indemnizatorio, en base al sueldo de los agentes Nivel A, Grado 0 del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, al menos durante 2014, multiplicado por el coeficiente 100. Lo que lleva la cifra que percibirán los herederos de los fallecidos en el atentado a alrededor de 1,5 millón de pesos. También fija un escalonamiento para quienes de acuerdo a la calificación judicial hayan sufrido “lesiones gravísimas o graves”, que percibirán un 70 y un 60 por ciento, respectivamente, del monto máximo.
Según fuentes oficiales, el costo fiscal para el gobierno sería de alrededor de 350 millones de pesos que se pagarían mediante bonos en seis cuotas semestrales con vencimiento, la primera de ellas, dentro de los sesenta días corridos del otorgamiento del beneficio.
Aunque quienes adhieran a la vía administrativa para percibir la indemnización deberán desistir del reclamo judicial, “hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios contra el Estado nacional”. El texto de la iniciativa también aclara que, en el caso de que el beneficiario optase por la renuncia de la acción interpuesta con anterioridad, las costas judiciales por el desistimiento correrán por cuenta del Estado Nacional. De todas maneras, el beneficio también alcanzará, en forma proporcional, a aquellos que hayan obtenido un fallo favorable en la Justicia con una indemnización inferior al monto que se establece en la futura normativa.
El proyecto también establece que la solicitud de este beneficio deberá tramitarse ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dentro de los 180 días desde la fecha de entrada en vigencia de la ley, que aún debe atravesar el trámite legislativo en la Cámara de Diputados.
Fuente: Página 12
