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Avanza un proyecto para aplicar el «derecho al olvido» en el legajo de conducta de los empleados

La iniciativa, que obtuvo dictamen de comisión, busca que los registros de los trabajadores «se limpien» si transcurrió más de un año desde que fue cometida la infracción. Cuáles serán las consecuencias para las empresas si se aprueba este proyecto. Qué pasa si se reitera una conducta reprochable.

La comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados emitió un dictamen favorable para introducir un nuevo artículo a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que estipule que una vez «transcurridos 12 meses de la aplicación de una sanción disciplinaria, no se la podrá tener en cuenta a ningún efecto».

Es decir, se «borrarán» de los legajos de los empleados todas aquellas sanciones en las que haya pasado más de un año desde su aplicación.

La mencionada comisión emitió un dictamen favorable del proyecto presentado por los legisladores oficialistas Héctor Recalde y Juan Salim. La norma ya había tenido resolución unánime el año pasado, pero no pudo tratarse en el recinto (cuya mayoría era opositora). Ahora, está otra vez en condiciones de ser debatida en el plenario.

La propuesta parlamentaria trata sobre las suspensiones disciplinarias anteriores y pretende incorporar el artículo 68 bis a la Ley de Contrato de Trabajo.

Éste señala que, «transcurridos 12 meses de la aplicación de una sanción disciplinaria, no se la podrá tener en cuenta a ningún efecto«.

En la actualidad, la ley vigente establece que:

 

El consultor Alejandro Chamatropulos destacó que, hoy en día, «se observan varias falencias por parte de los empleadores para efectivizar las sanciones».

Y remarcó que «es fundamental que el seguimiento de la conducta de los empleados, por parte del empresario, quede registrado en los legajos de los trabajadores con un nivel de detalle mayor al que se suele exhibir en la actualidad, ya que estos representan un resumen del paso del empleado por una empresa».

Además, destacó que «toda sanción que se decida aplicar, por insignificante que parezca, debe dar lugar a un procedimiento legal documentado, que garantice al empleado la posibilidad de cuestionar la medida, entre otros derechos».

«Si bien un simple apercibimiento generalmente quedará en el olvido, en no pocas ocasiones constituye el primer antecedente de valor, en el caso de producirse finalmente una desvinculación», dijo.

Fuente: http://www.iprofesional.com/

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